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Normativa española

Las multas del parte de viajeros

El registro de viajeros es de las pocas obligaciones del sector donde la ausencia de comunicaciones queda registrada directamente en la plataforma de la autoridad, porque la autoridad ve en su plataforma quién comunica y quién no. Esto es lo que se sanciona, en qué cuantías y cómo hacer que deje de ser un riesgo.

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De dónde sale la obligación

El Real Decreto 933/2021 obliga a todos los alojamientos —hoteles, hostales, apartamentos turísticos, casas rurales— a registrar a sus viajeros y comunicar sus datos a la autoridad. En la mayor parte de España el destino es la plataforma SES Hospedajes del Ministerio del Interior; en Cataluña, el registro de los Mossos d’Esquadra. El detalle operativo del trámite —campos, plazos, altas— está en la guía del parte de viajeros; aquí vamos a lo que pasa cuando no se hace.

Lo esencial: cada huésped de 14 años o más se registra, y la comunicación se envía en el plazo marcado, cada día que hay entradas. No es una obligación anual ni mensual: es diaria.

Qué se sanciona y por cuánto

El régimen sancionador no está en el propio decreto: se apoya en la Ley de Seguridad Ciudadana. A efectos prácticos, los incumplimientos se mueven en dos escalones:

Incumplimiento Calificación Multa
Errores u omisiones formales en los registros Leve De 100 a 600 €
No registrar o no comunicar los datos Grave De 601 a 30.000 €

Dos matices que conviene conocer. El primero: cada caso cuenta, así que una temporada entera sin comunicar no es «una» infracción a ojos de la autoridad. El segundo: la obligación de registro incluye conservar la documentación durante tres años, y esa conservación también es inspeccionable — guardarla mal es de nuevo materia de protección de datos, como contamos en el artículo sobre RGPD.

Por qué no conviene dejar el envío para más adelante

Con muchas obligaciones administrativas, el riesgo real de sanción depende de que aparezca un inspector. Este trámite es distinto: la comunicación se hace a una plataforma de la propia autoridad, de modo que la ausencia de envíos es visible sin salir de su pantalla. Un establecimiento dado de alta que deja de comunicar durante semanas es un patrón fácil de detectar.

A esto se suma que las plataformas de reservas comunican su propia información, con lo que cruzar «este alojamiento vende noches» con «este alojamiento no comunica viajeros» no requiere ninguna investigación.

Los tres fallos que más se repiten

  1. Comunicar solo al titular de la reserva. La obligación alcanza a todos los ocupantes de 14 años o más, no a quien pagó. Es el error formal más común en los alojamientos que rellenan el parte a mano.
  2. Olvidar los días de mucho movimiento. Justo cuando más entradas hay —puentes, festivales— es cuando el trámite manual se queda sin hacer. La sanción potencial crece con la ocupación.
  3. Confiar en una hoja de cálculo. Sin validación de campos, el DNI mal tecleado o el campo vacío pasan inadvertidos hasta que la plataforma rechaza el envío… o hasta que alguien lo revisa con capacidad de multar.

Cómo convertirlo en un proceso controlado

La combinación que elimina el riesgo es conocida: los datos los teclea el propio huésped en el check-in online antes de llegar, el sistema valida que no falte nada, y el fichero para la autoridad sale generado cada día —el XML de SES Hospedajes o el TXT de Mossos, según tu territorio— listo para subir en un minuto, con aviso de los plazos de 24 horas por vencer. El equipo de recepción no vuelve a teclear los datos: revisa el fichero, lo sube y controla el plazo.

Ese registro importa más de lo que parece. Ante cualquier requerimiento, poder enseñar el histórico de partes generados y presentados convierte una conversación incómoda en un trámite de dos minutos.

Si llevas tiempo sin comunicar

Ponerse al día es mejor que esperar: el escenario que busca evitar la autoridad es el alojamiento opaco, no el que corrige. Los pasos razonables son darse de alta si no se estaba, empezar a comunicar ya —hacia adelante, el sistema no admite comunicar estancias antiguas fuera de plazo— y dejar el proceso automatizado para que el problema no se reproduzca. Para el histórico no comunicado, consúltalo con tu asesoría antes de mover nada: cada caso es distinto y este artículo no sustituye ese consejo.

Este artículo es divulgativo y refleja la situación en su fecha de publicación. No es asesoramiento jurídico ni fiscal: para tu caso concreto, consulta con tu asesoría.

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